Título Segundo - Derechos y Recompensas
Capitulo Primero - De los derechos de las alumnas y los alumnos
Art. 7. Además de todos los derechos que los instrumentos internacionales, la Constitución Federal y las Leyes ordinarias, les reconocen, las y los estudiantes de esta Institución educativa tienen derecho a:
A la equidad, a la No discriminación, al respeto a su identidad personal y a un trato digno e incluyente.
Recibir un trato respetuoso por parte de toda la colectividad escolar en aras de garantizar su integridad física y emocional.
Ser informados sobre los criterios de evaluación utilizados y conocer el resultado de sus evaluaciones parciales antes de ser entregadas al Departamento de Control Escolar, para determinar su desempeño académico.
Acudir ante sus docentes y en general, ante cualquier autoridad educativa o del plantel, para plantear sus dudas, recibir orientación, resolver problemas y recibir respuestas a sus peticiones.
Expresar de manera libre y dentro del marco del respeto, sus ideas y opiniones.
Recibir información sobre su situación académica.
Solicitar una credencial que les identifique como estudiantes de la Preparatoria Federal ¨Lázaro Cárdenas¨.
Solicitar exámenes de regularización o cursos intersemestrales, siempre y cuando cubran los requisitos establecidos en el Reglamento de Control Escolar.
Solicitar revisión de exámenes parciales, finales y de regularización, dentro de los plazos establecidos, siempre y cuando los exámenes no sean de opción múltiple. Las fechas y procedimientos a seguir serán indicados por la Dirección de la Escuela en su oportunidad.
Ser informados, oportuna y directamente, de cada una de las disposiciones reglamentarias que afecten su condición de estudiantes.
Recibir información y capacitación para actuar en forma organizada, solidaria y eficiente, ante los riesgos potenciales que puedan convertirse en peligro colectivo.
Participar en los eventos académicos, culturales, sociales y deportivos que el plantel organice.
Solicitar su participación en el Programa de Becas que la SEP otorga y en las que la Preparatoria gestione ante otras Instituciones.
Recibir orientación educativa conforme a los planes y programas de estudio vigentes.
Obtener de manera oportuna los documentos oficiales que valen sus estudios de bachillerato, previo cumplimiento de todos los requisitos legales e institucionales para tal efecto.
Solicitar ante las autoridades del plantel que, en ejercicio de sus facultades, expidan los documentos que acrediten los diferentes grados de escolaridad y constancias de estudio.
Usar las instalaciones del plantel, respetando las normas de convivencia correspondientes.
Formar parte de la Representación de Alumnas y Alumnos y en todo el proceso electoral para la designación de sus representantes.
Recibir atención u orientación educativa cuando la alumna o el alumno así lo solicite.
Recibir primeros auxilios básicos y psicológicos cuando se requiera y notificar a madres y padres de familia o en su caso, tutores legales para la atención específica.
Art. 8. Las y los estudiantes tienen derecho a recibir servicio médico por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), según el acuerdo Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998, siempre y cuando lo soliciten ante el Departamento de Bienestar Estudiantil, en las fechas establecidas.
Art. 9. Las y los estudiantes tendrán derecho a solicitar un espacio, dentro del estacionamiento del plantel, para su automóvil; siempre y cuando presenten los siguientes documentos:
I. Credencial escolar, vigente.
II. Original y copia de la tarjeta de circulación, vigente.
III. Original y copia de la licencia de automovilista, vigente.
IV. Original y copia de la póliza de seguro de daños a terceros, vigente.
En caso de que la o el solicitante sea menor de edad, además de cumplir con el requisito establecido en la fracción III, deberá presentar original y copia de la licencia de conducir, vigente, de la madre, padre o tutor legal responsable, cuyos datos deberán coincidir con los datos de propiedad del vehículo a registrar.
Los documentos originales no serán retenidos, su uso únicamente se limitará para el cotejo con las fotocopias respectivas. La autorización del espacio estará sujeta a su disponibilidad.
Art. 10. Las y los estudiantes tienen derecho a presentar formalmente sus propuestas o peticiones, ante las autoridades de la Preparatoria, de forma individual o en grupo. Las peticiones deberán presentarse por escrito, dirigido a la autoridad educativa, de manera respetuosa y evitando el lenguaje malsonante.
La autoridad educativa en un plazo no mayor a 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que reciba la solicitud, deberá dar respuesta a la petición. La obligación de responder no supone, por antonomasia, que el sentido deba ser afirmativo a la petición formulada. En ese mismo sentido, la omisión en la respuesta por parte de la autoridad educativa, dentro del plazo establecido, en ningún caso supone la procedencia de afirmativa o negativa ficta.
Art. 11. Las y los estudiantes tienen derecho a solicitar la baja voluntaria del plantel, cumpliendo los requisitos correspondientes. En aquellos casos, en donde quien solicite, sea aún menor de edad, se requerirá la autorización de la madre, del padre de familia o del tutor legal, quien deberá apersonarse a realizar el trámite.
Art. 12. Las y los estudiantes tienen en todo momento, atendiendo a los respectivos horarios de servicio, el derecho de solicitar ante el departamento de Control Escolar, la expedición de duplicado de certificado, historiales académicos, cartas de buena conducta o constancias con promedio, previo cumplimiento de los requisitos que para tal efecto establezca el área correspondiente.
Art. 13. Las y los estudiantes tienen derecho a solicitar el apoyo, intervención y representación de sus representantes de grupo, docente asesor y del Comité de la Representación de Alumnas y Alumnos, en todos aquellos casos en los que consideren que sus derechos han sido violentados.
Capítulo Segundo - De los estímulos y recompensas
Art. 14. Las y los estudiantes serán recompensados con un diploma y reconocimiento por su destacada participación en:
Aprovechamiento académico, mayor a 9.5.
Actividades de servicio social, deportivas, culturales y en beneficio de la comunidad escolar.
Actos extraordinarios en favor de la sociedad.
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